Preguntas frecuentes

Personal capacitado formalizará la recepción de tu departamento y a través de un Acta de Entrega registrará tus observaciones y verá la forma de que éstas sean resueltas en el mismo momento; si no es posible, se coordinará una segunda entrega de tu vivienda, en un plazo no superior a 20 días hábiles. Debes dejar escrito en el Acta de Entrega todas aquellas observaciones pendientes.

En caso de que el desperfecto sea atribuible a nuestra responsabilidad se debe tomar
contacto con Postventa. El proceso de postventa comienza en los casos en que el desperfecto sea de nuestra responsabilidad o algún emisor de las garantías no responda.

Es importante mencionar que, tanto los usuarios como la Administración, deben realizar los cuidados y mantenciones preventivas recomendadas en el Manual del Propietario, de manera de evitar el deterioro prematuro o la imposibilidad de hacer efectivas las garantías que entrega la Inmobiliaria como primer vendedor:

Diez (10) años, desde la fecha de recepción final del edificio por parte de la Dirección de Obras Municipales, en el caso de defectos o fallas que afecten la estructura soportante del inmueble.

Cinco (5) años, desde la fecha de recepción final del edificio por parte de la Dirección de Obras Municipales, cuando se trate de fallas en las instalaciones.

Tres (3) años, desde la fecha de inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces (CBR), por fallas que afecten a elementos de terminaciones.

Todos los artefactos que están instalados en su departamento, como cocinas, hornos, campanas, termos, calefactores, calefón, encimeras, etc. tienen garantías que entregan
directamente sus fabricantes, las que habitualmente son de un año. Estas garantías
corren a contar de la firma del Acta de entrega y deben ser solicitadas directamente en
sus respectivos servicios técnicos por el propietario.

Contáctate directamente con el Servicio Técnico del proveedor, los teléfonos están en las garantías que te dejamos al momento de la entrega o ingresa al sitio web del fabricante. Cada propietario según su fecha de recepción tiene un año de garantía de los artefactos,
por lo tanto, en el caso que éste presente problemas deben comunicarlo de manera
inmediata al correo postventa@iprovidencia.cl para revisar y evaluar si corresponde al uso
de dicha garantía.

Los termos de agua caliente, están diseñados para mantener agua a un promedio de +/- 67 °C, y para esto deben estar siempre enchufados a la red eléctrica. Estos tienen un
termostato que les permite consumir energía sólo cuando esta temperatura baja
pequeños delta respecto de la establecida como promedio, por lo que sólo consumen
energía en algunos momentos del día para subir esa pequeña diferencia. Su mejor
rendimiento se logra estando siempre enchufado. Al igual que un hervidor eléctrico, con
el tiempo en su interior empieza a acumular sarro, proveniente de la dureza del agua, la
que idealmente debe ser removida una vez al año por un técnico autorizado. Si se deja
pasar mucho tiempo, el deterioro puede ser mayor y no bastará con una limpieza, sino
que habrá que cambiar piezas y partes.

Existe un único procedimiento y consta del siguiente paso:
Ingresar a la página web a la sección de POSTVENTA y completar formulario de contactocon los datos solicitados.

En caso de una emergencia llamar al encargado de Postventa, dentro de nuestro horario de atención, al 951794121. Si es fuera de nuestro horario de atención, te debes comunicar con el conserje del edificio, para que éste acuda e intente dar una solución provisoria hasta que nosotros podamos prestar asistencia.

Recuerda si eres inversionista y arriendas tu inmueble, es tu deber informar a los
arrendatarios este procedimiento.

Hacer uso de la garantía del fabricante para no perderla. Si la falla corresponde al artefacto, deberás hacer valer la garantía con la empresa correspondiente. Teniendo en cuenta que te solicitaran el acta de entrega y su respectiva póliza, la cual fue entregada cuando se entregó tu inmueble.
Pierde la garantía en la parte que se intervino. Por ejemplo: instalación eléctrica, sanitaria, etc.

No, la solicitud de dicho servicio se debe realizar cumpliendo el procedimiento; escribanos un correo a postventa@iprovidencia.cl. Esto se debe a que los técnicos manejan una agenda de trabajo y sus solicitudes deben ser respaldadas.

Mayoritariamente este fenómeno se produce por falta de ventilación del mismo. A continuación, daremos unos consejos para evitar dicha situación; existen dos alternativas de calefacción higiénica, segura y que no producen humedad adicional al interior de su departamento, la calefacción por losa o piso radiante y la calefacción por medio de calefactores eléctricos.

No está permitido el uso de calefactores a parafina ni a gas licuado o natural en los
edificios.

En el caso de tener muros que amanezcan mojados, secar de inmediato y, lo más importante, ventilar diariamente en forma prolongada tu inmueble. Separa muebles y cortinas de muros fríos mientras ventilas para favorecer el secado.

Participando activamente en las asambleas, manteniendo una actitud cordial y de buena
convivencia con los vecinos, cuidando los espacios comunes y conociendo tus derechos y tus obligaciones.

En un comienzo administra la empresa de administración designada por la Inmobiliaria,
luego es la comunidad quien ratifica o cambia a esta administración, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Copropiedad.

Según reglamento de copropiedad si está permitido (mascotas pequeñas), finalmente quien decide si hay o no mascotas es la comunidad, son los propietarios y queda
estipulado en su reglamento interno, esta decisión se define en la asamblea de
copropietarios.

El responsable de la mantención es la Administración.

Sí, el valor de las multas está definido en el reglamento de copropiedad siendo los propietarios, quienes ratificaran si se mantiene o no las multas definidas.

Depende de la comunidad, en algunas de ellas se cobra un arriendo por el uso de
espacios comunes, los cuales sirven para mantenerlos y mejorar sus instalaciones, el uso de gimnasio, jardines y piscina por ejemplo no tiene cobro su uso.

Como primer paso debes dejar un registro en el libro de novedades que está en
conserjería solicitado al conserje de turno que pida a quienes realizan estos ruidos a
disminuir y respetar la tranquilidad de la comunidad, después de esta advertencia y sí siguen con su actuar puedes perfectamente llamar a Carabineros o Seguridad ciudadana para que advierta que pueden ser multados si continúan con su comportamiento.

Según Reglamentos de copropiedad no está permitido el arriendo de los estacionamientos de visita.
El Condominio esta acogido a las disposiciones de la Ley Nº 19.537, publicada en el Diario Oficial con fecha 17 de diciembre de 1997.
Sí, debe estar en el edificio para las consultas de los propietarios.
El cobro del gasto común depende de la magnitud del edificio y la cantidad de metros cuadrados de tu departamento, quien administra estos gastos y pagos es el administrador.

El Comité de Administración es un ente representativo de la Asamblea, constituido por 3 o
5 copropietarios que cumplen la función de centralizar los problemas, inquietudes,
mandatos y el poder de fiscalización de la asamblea frente a la administración del Edificio o Condominio, o bien frente a personas, organismos y empresas externas. Es importante
que los propietarios lean y conozcan en detalle el reglamento de copropiedad y el
reglamento interno de su comunidad.

Aquella persona natural o jurídica, designada por la Asamblea de copropietarios, al cual le corresponden el cuidado de los bienes de dominio común y la ejecución de los actos de administración y conservación de tales bienes, conforme a las normas legales, reglamento de copropiedad, acuerdos de la asamblea de copropietarios y Comité de Administración.

El comité de administración formado por propietarios elegidos en asamblea.

Estos corresponden a la suma de todos los gastos administrativos del mes en el
condominio, los que contemplan remuneraciones, gastos por mantención de equipos, gastos por mantención de áreas comunes, insumos, servicios de agua, luz, gas, seguros, etc. los que son informados en detalle por la administración y prorrateados de acuerdo al
porcentaje de prorrateo que corresponde a cada propietario.

Los integrantes del comité deben ser dueños de algún departamento o cónyuge del dueño o dueña y estar al día en los gastos comunes.

Todos los propietarios debidamente acreditados. Además, pueden asistir aquellas personas que hagan uso y goce del inmueble y que cuenten con un poder del propietario. Todas estas personas tendrán derecho a voto en la Asamblea.

Es la reunión de todos los propietarios que se encuentran al día en el pago de sus expensas y que permite la relación entre éstos.

Todos estos nombres se refieren a un mismo ítem. Los gastos comunes son pagados por cada propietario a mes vencido, es decir, al término de un período mensual en que estos gastos ya han sido efectuados. En consecuencia, es necesario contar con un fondo que permita efectuar gastos que en el futuro (al término del mes) serán recién recuperados mediante el gasto común. Este es el Fondo Operacional, de Garantía o Explotación. Este fondo es totalmente distinto del Fondo de Reserva.

El fondo de reserva, es un monto que, de acuerdo a las disposiciones del reglamento de copropiedad, la comunidad debe cobrar a cada propietario sobre sus gastos comunes. El
reglamento de copropiedad puede postergar el cobro de este ítem en función de las
garantías y seguros del inmueble, por lo que su cobro puede iniciarse en una fecha futura. Normalmente se ajusta a un 5% por sobre el gasto común mensual. Este fondo es de especial importancia pues permite un proceso de ahorro para la comunidad frente a
eventuales gastos futuros. De hecho, la Ley determina sus fines a gastos urgentes e
imprevistos. Recientemente, la última modificación de la Ley impone como cargo a este
fondo los gastos derivados de las certificaciones de gases. Es importante que los propietarios lean y conozcan en detalle el reglamento de copropiedad y el reglamento
interno de su comunidad. En ellos se precisan los derechos y obligaciones recíprocas de
los adquirentes de departamentos o viviendas, bodegas y estacionamientos, así como la proporción en el pago de los gastos y expensas comunes. En general, el reglamento busca
lograr una buena administración interna del edificio y normar las relaciones entre los
distintos propietarios.

Éstas tienen su origen principalmente en La Ley, pero también pueden provenir del reglamento de copropiedad, de la Asamblea de copropietarios o del Comité de la Administración. Algunas de las obligaciones de la administración son las siguientes:

  • Cuidar los bienes comunes, realizando el mantenimiento preventivo y correctivo
    necesario.
  •  Ejecutar los actos de la administración, conservación y los de carácter urgente, sin acuerdo previo de la Asamblea, sin perjuicio de su posterior ratificación.
  •  Representación en juicio, activa y pasivamente, a los copropietarios, en las causas concernientes a la Administración y conservación del Condominio.
  • Cobrar y recaudar los gastos comunes y sus incrementos por concepto de fondo común de reserva, multas, intereses y primas de seguros contratadas.
  • Velar por la debida iluminación de espacios de circulación interiores y perimetral del Edificio.
  • Velar por la seguridad y expedición de las vías de acceso a los sitios de dominio exclusivo de los propietarios de un Edificio de esta naturaleza.
  • Rendir cuenta documentada de su Administración en la época que se le hayan fijado y cada vez que lo solicite la Asamblea de copropietarios, el Comité de Administración, el juez y el término de su gestión.
  • Mantener contratos de mantención de todas las instalaciones al día, durante el periodo de garantía no debe cambiar de proveedor.
  • Mantener al día seguro obligatorio contra incendio.
  • Recibir por parte de la Inmobiliaria toda la documentación correspondiente al edificio.